• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: ANA MARIA PILAR ALVAREZ RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 253/2025
  • Fecha: 19/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor material de un delito de quebrantamiento de condena. Pena de prohibición de aproximación a otra persona. Acusado que es sorprendido en el interior de un vehículo en compañía de la persona a la que tenía prohibido acercarse en virtud de una pena que le impedía acercarse a ella. Delito de quebrantamiento de condena. Elementos del tipo penal. Error de prohibición, configurado como el reverso de la conciencia de antijuridicidad, al suponer una falta de conocimiento de la antijuricidad de la conducta, en equivalencia al hecho de haber actuado en la creencia de estar actuando lícitamente. Acreditación de la presencia de una conducta realizada en base a un error relevante. El conocimiento de la obligatoriedad de cumplir lo resuelto por el Juez por encima de los deseos de las partes, se considerado un aspecto de general conocimiento.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: ALEJANDRO MORAN LLORDEN
  • Nº Recurso: 190/2025
  • Fecha: 19/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Es sobradamente conocido que el consumo de drogas, y las situaciones de abstinencia, afectan a la imputabilidad, siquiera levemente. Pero el problema es de otra índole. En primer lugar, se desconoce el estado del acusado al tiempo de cometer el delito, esto es, si en efecto consumió momentos antes drogas o se encontraba afectado por el síndrome de abstinencia. Esto nos conduce directamente a la segunda cuestión. Desconocemos en el caso, aun admitiendo esos consumos, si éstos, o un estado general de deterioro por su causa, han afectado las facultades volitivas y cognoscitivas del acusado. Añadimos que el delito enjuiciado no cae dentro del concepto de delincuencia funcional y así, el juego de la eximente o atenuante de toxicomanía es francamente discutible. Si atendemos a la pretensión de la parte y a la solución jurídica aportada en la sentencia, convendremos en que la cuestión carece de virtualidad práctica alguna, las circunstancias personales del acusado se han valorado para apreciar un menor grado de culpabilidad y aplicar, en consecuencia, una menor sanción, el Juzgador ha impuesto la pena en la mínima extensión legalmente posible.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA CONSUELO ROMERA VAQUERO
  • Nº Recurso: 2082/2024
  • Fecha: 17/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la condena por delito de quebrantamiento de medida cautelar y revoca la condena por delito de acoso u hostigamiento, al considerar que la acción del acusado no ha impedido a la víctima desarrollar una vida normal, sin especificar ni acreditar alteración alguna en el desarrollo de la misma. La prueba indiciaria requiere que: a) se fundamenten en verdaderos indicios suficientemente acreditados y no en meras conjeturas o sospechas; b) entre los indicios probados y el hecho que se infiere de ellos, exista un enlace preciso y directo según las reglas del criterio humano; y c) en la sentencia se exprese el razonamiento que ha conducido al Tribunal a tener por probado que el hecho delictivo se ha cometido realmente y que el acusado ha participado en su realización. No se estima la atenuante de confesión del hecho, alegada ex novo o per saltum, que exige que: 1) el sujeto confiese a las autoridades la comisión de un hecho delictivo o su participación en el mismo; 2) la confesión sea veraz, excluyendo el caso en que se sostenga una versión exculpatorio que después se revela totalmente falsa; y 3) la confesión se produzca antes de conocer que el procedimiento, incluyendo las diligencias policiales de investigación, se dirige contra él. Quedan al margen aquellos supuestos en los que la aparente confesión se produzca cuando ya no exista posibilidad de ocultar la infracción ante su inmediato e inevitable descubrimiento por la autoridad.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Valladolid
  • Ponente: JAVIER DE BLAS GARCIA
  • Nº Recurso: 122/2025
  • Fecha: 17/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cuando se alega la inexistencia de suficiente prueba de cargo para la condena y la correlativa vulneración del derecho a la presunción de inocencia del acusado, se ha de proceder en apelación, a verificar si la motivación fáctica de la sentencias dictada alcanza el estándar exigible y si, en consecuencia, la decisión alcanzada por el Tribunal sentenciador, en sí misma considerada, es lógico, coherente y razonable, de acuerdo con las máximas de experiencia, reglas de la lógica y principios científicos, aunque puedan existir otras conclusiones porque no se trata de comparar conclusiones sino más limitadamente, si la decisión escogida por el Tribunal sentenciador soporta y mantiene la condena. No estamos ante un encuentro ocasional, el acusado actuó de forma dolosa, puesto que quedó debidamente probado el conocimiento por parte del mismo de la vigencia de la pena que pesaba sobre él, y fue localizado por la policía en el rellano del piso superior donde venía residiendo con su ex pareja, con su conocimiento y consentimiento.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: León
  • Ponente: JOSE LUIS CHAMORRO RODRIGUEZ
  • Nº Recurso: 283/2025
  • Fecha: 14/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Cuando se denuncia la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, debe verificarse si la prueba de cargo en base a la cual el tribunal sentenciador dictó sentencia condenatoria fue obtenida con respecto a las garantías inherentes del proceso debido y por tanto: -en primer lugar debe analizar el "juicio sobre la prueba", -en segundo lugar, se ha de verificar "el juicio sobre la suficiencia", y, -en tercer lugar, debemos verificar "el juicio sobre la motivación y su razonabilidad". El mandato judicial es claro. El obligado -en este caso el recurrente- no puede aproximarse ni comunicar con la víctima. Si lo hace -por su propia y voluntaria decisión- no sólo pone en peligro (en abstracto al menos) a la víctima, sino que vulnera la obligación ( art. 118 CE de que, por parte de todos, deben cumplirse las resoluciones judiciales, sino que esa omisión comporta claramente las previsiones del art. 468 CP.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Palencia
  • Ponente: MAURICIO BUGIDOS SAN JOSE
  • Nº Recurso: 58/2024
  • Fecha: 14/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El hecho de que la víctima consienta el acercamiento no excluye la punibilidad del delito de quebrantamiento de condena, el bien jurídico protegido es el principio de autoridad. El incumplimiento de una orden emanada de un órgano jurisdiccional, atenta contra el correcto funcionamiento de la administración de Justicia y conlleva una vulneración de la obligación que a todos incumbe de cumplir las sentencias y resoluciones de los juzgados y tribunales, que viene establecida en el artículo 118 de la Constitución española.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Logroño
  • Ponente: MARIA DOLORES PARDEZA NIETO
  • Nº Recurso: 36/2024
  • Fecha: 14/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito de quebrantamiento de medida cautelar. Acusado que es sorprendido cuando abandona un domicilio al que tiene prohibido acercarse por resolución judicial vigente en la fecha de los hechos. Presunción de inocencia y prueba de cargo bastante para desactivar la presunción. Facultades del tribunal de apelación en orden a revisar la valoración de las pruebas realizada por el Juez de primer grado. Delito de quebrantamiento de medida cautelar. Quebrantamiento de medida cautelar por infracción de una prohibición de aproximación a domicilio de la persona protegida. Elementos requeridos para la tipicidad de la conducta que no se neutralizar por el hecho de que el acusado hubiere actuado a requerimiento de quien residía dentro del domicilio al que tenía prohibido acercarse. Circunstancias eximentes o atenuantes de la responsabilidad penal y la carga probatoria sobre su concurrencia.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial. Tribunal Jurado
  • Municipio: Santander
  • Ponente: PAZ MERCEDES ALDECOA ALVAREZ-SANTULLANO
  • Nº Recurso: 60/2024
  • Fecha: 13/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Condena a un acusado como autor responsable de dos delitos de asesinato y de un delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar. Acusado que teniendo vigente una orden de protección que le prohíbe acercarse a su pareja sentimental y a su domicilio, convive temporalmente con ella y, en ese marco, después de una llamada e intervención policial, vuelve al domicilio en cuyo interior agrede brutalmente a su pareja hasta causarle la muerte, haciendo lo mismo con la hija de ambos, a la que asfixia hasta la muerte. Delito continuado de quebrantamiento de medida cautelar. Delito de asesinato. Alevosía. Ataque repentino y sorpresivo que impidió a la víctima cualquier maniobra de defensa garantizando al agresor la consecución de su objetivo mortal. Ataque mortal a un bebé de once meses que resulta esencialmente alevoso. Ensañamiento. Crueldad proyectada sobre las dos victimas, todavía vivas, y que necesariamente tuvieron que sufrir un incremento del dolor, padecimiento y daño innecesarios para causar la muerte. Víctimas mortales que eran pareja sentimental e hija del autor, con quien convivían. Agravante de discriminación por razón de género. Acto de dominación machista.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Huelva
  • Ponente: MARIA JOSE FERNANDEZ MAQUEDA
  • Nº Recurso: 27/2025
  • Fecha: 13/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se aprecia de oficio por la Sala, que en la redacción de los hechos probados de la sentencia, no consta la fecha en que éstos ocurrieron. Y resulta esencial la determinación de la fecha de la producción de los hechos para apreciar la vigencia o no de las prohibiciones de acercamiento y comunicación, dato éste absolutamente necesario para apreciar o no el delito de quebrantamiento de condena o de las lesiones con quebrantamiento objeto de acusación y de pronunciamiento condenatorio. Esta omisión tampoco puede suplirse con la fundamentación jurídica de la sentencia por cuanto tampoco consta referencia temporal alguna en los fundamentos de derecho de la resolución recurrida que permitiera salvar la omisión padecida. La fecha de perpetración de los hechos constitutivos de una infracción penal es esencial en la declaración de Hechos Probados de una sentencia penal no solo por elementales razones de seguridad jurídica, sino por otras razones, ya que la data, al menos aproximada, de los hechos enjuiciados, es necesaria para determinar no solo la posible existencia de cosa juzgada, sino, además, la ley temporal que resulta aplicable y la apreciación de la prescripción de la infracción penal.
  • Tipo Órgano: Sala de Apelación de la Audiencia Nacional
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ELOY VELASCO NUÑEZ
  • Nº Recurso: 33/2024
  • Fecha: 12/03/2025
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No se aprecia vulneración del derecho al Juez ordinario: competencia de la Audiencia Nacional por el importe de la defraudación y la complejidad. Requisitos del delito de prevaricación de funcionario público. Compatibilidad de la malversación con la prevaricación. Sistema de adjudicación que sólo perseguía imponer la arbitrariedad del deseo/voluntad del adjudicante. Elementos del delito de malversación de caudales públicos: la afección a los intereses públicos defendidos por el tipo penal debe focalizarse, no desde el punto de vista del provecho económico que le reporten o no al autor, sino desde el punto de vista del perjuicio que al cumplimiento de los fines públicos que cuestan dinero le supone a la propia Administración Pública, que es la víctima malversada. Agravación por especial gravedad, en función del valor de las cantidades sustraídas y el daño o entorpecimiento producido al servicio público. Continuidad delictiva sobre el delito de prevaricación y sobre el de malversación. Fijación de la responsabilidad civil teniendo en cuenta que, desde el punto de vista de la utilidad/necesidad, algunos de los resultados de los contratos auditados reportaron alguna utilidad o son susceptibles de hacerlo. Participación delictiva como cooperador necesario en el delito de prevaricación y en el de malversación. No pueden considerarse prescritos los delitos. Obligada la rebaja penológica derivada de la complicidad y la condición de extraneus de uno de los acusados. Agravante de dilaciones indebidas no aplicable como cualificada.

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.